Los textos periodísticos que publica BLOC están regidos por un decálogo ético que observan sin distinción los editores de la revista.
1.- Se observa el principio de verosimilitud, precisión y equilibrio informativo.
2.- Se observa el principio de respeto a la dignidad y la vida privada de las personas. Sólo en los casos en los que la información representa un interés público, no se toma en cuenta la adjudicación de vida privada como limitante para la transmisión de hechos.
3.- Se respeta el derecho al secreto profesional de los autores y el derecho de las fuentes a mantener el anonimato cuando sus declaraciones puedan poner en riesgo su trabajo profesional o su integridad física.
4.- En casos extremadamente controversiales, los editores podrán conocer el nombre de la fuente que solicitó confidencialidad, asumiendo la responsabilidad de no revelar su identidad.
5.- Se debe precisar, en caso de que se citen fuentes anónimas, el contexto que permita comprender por qué la fuente tuvo acceso a la información proporcionada.
6.- Se observa el principio de presunción de inocencia y no se asume la culpabilidad de una persona involucrada en un delito si no ha sido juzgada.
7.- En caso de la publicación de extractos de documentos o su reproducción textual, se debe dejar en claro si se trata de una filtración interesada o es el producto de una investigación periodística del autor.
8.- Se garantiza el derecho de réplica de las personas involucradas en un asunto controversial de interés público. Es obligación del autor respetar este derecho y trasladarlo al texto.
9.- Los autores sólo podrán firmar un texto acreditando su estancia en un lugar determinado si lo redactaron en ese lugar. Si no es así se omitirá este hecho y se aclarará al lector que la información se obtuvo mediante su presencia en el lugar. La firma del autor aparecerá sin el nombre de la ciudad, el país o la localidad que visitó para recoger la información.
10.- Se protege la identidad de los menores de edad involucrados en hechos que afecten su integridad e imagen pública. |